Seguimiento de portfolio

Apoyo legal continuado para hacer seguimiento a las participadas.

El seguimiento de portfolio es apoyo legal continuado sobre las participadas de un inversor: control de que cada empresa cumple lo pactado, gestión de los derechos de información, alertas ante ampliaciones y avisos de dilución, y revisión de las operaciones societarias que van surgiendo. Es tener departamento jurídico de cartera sin montarlo dentro.

Qué es y cuándo lo necesitas

Firmar el pacto de socios es el principio, no el final. A partir de ahí cada participada genera obligaciones vivas: reporting trimestral que hay que reclamar cuando no llega, ampliaciones en las que decidir si acudes o te diluyes, nuevas rondas que modifican tu liquidación preferente, entradas de socios que activan tu derecho de acompañamiento, planes de incentivos que consumen bolsa. Sin alguien que vigile ese flujo, los derechos que negociaste con cuidado se erosionan por pura inercia.

Lo necesitas cuando tienes varias participadas y el seguimiento jurídico deja de caber en los ratos libres, pero el volumen todavía no justifica un abogado en plantilla. También cuando entras en un club de inversión o vehículo y quieres que alguien externo controle la cartera de forma homogénea.

Qué incluye el encargo

  • Ficha jurídica por participada: pacto vigente, porcentaje, liquidación preferente, materias reservadas, derechos de información y calendario societario.
  • Control de cumplimiento: seguimiento del reporting, reclamación de la información debida y registro de incumplimientos.
  • Alertas de dilución: análisis de cada ampliación —acudir, no acudir, negociar antidilución— y su efecto en el cap table.
  • Revisión de operaciones: nuevas rondas, notas convertibles, entradas y salidas de socios, y modificaciones estatutarias.
  • Juntas y consejos: preparación y asistencia, con el detalle que se describe en asistencia a juntas y consejos.
  • Informe periódico de cartera con el estado jurídico de cada empresa y los asuntos que requieren decisión.

El encargo se dimensiona por número de participadas y nivel de actividad, y se puede reducir a un repaso trimestral o ampliar a seguimiento permanente. Cuando en una participada se abre una ronda relevante, esa operación se aborda como encargo de ronda aparte.

Preguntas frecuentes

¿Qué cubre exactamente?

Control de que cada participada cumple el pacto, gestión de los derechos de información, alertas de dilución ante cada ampliación y revisión de las operaciones societarias que surjan.

¿En qué se diferencia de asistir a juntas?

La asistencia a juntas es puntual, para una sesión concreta. El seguimiento de portfolio es continuo y abarca toda la cartera.

¿Cómo se dimensiona?

Por número de participadas y nivel de actividad. Puede ser un repaso trimestral o un seguimiento permanente.

¿Qué pasa si en una participada se abre una ronda grande?

Esa operación se aborda como encargo de ronda aparte. El seguimiento cubre el control ordinario, no la negociación de una ronda.

¿Recibo algún informe?

Sí, un informe periódico con el estado jurídico de cada empresa y los asuntos que requieren decisión.

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